Abogado de Ajuste de Estatus en Nueva York

El ajuste de estatus es el proceso que permite que ciertas personas que ya se encuentran dentro de los Estados Unidos se conviertan en residentes permanentes legales sin tener que viajar al extranjero para una entrevista consular. La solicitud se presenta con el Formulario I-485. Cuando funciona, es una de las maneras más convenientes de obtener una green card. Cuando se juzga mal la elegibilidad, puede llevar a negaciones, a la pérdida de las tarifas de presentación e incluso a un proceso de remoción. En las Law Offices of Albert Goodwin, PLLC, el abogado Albert Goodwin guía a los solicitantes en toda la ciudad de Nueva York y en los condados de Nassau, Suffolk y Westchester, así como en todo el país, a través de este proceso de principio a fin.

Esta página explica quién puede ajustar su estatus dentro de los Estados Unidos, qué debe estar en orden antes de presentar la solicitud, las disposiciones legales que rigen la elegibilidad y los errores que con más frecuencia hacen tropezar a las personas.

Quién puede ajustar su estatus dentro de los Estados Unidos

No todas las personas con una petición aprobada pueden ajustar su estatus aquí. En general, el ajuste está disponible para los solicitantes que fueron inspeccionados y admitidos o que recibieron parole en los Estados Unidos, que tienen una visa disponible de inmediato y que no están impedidos por una causal de inadmisibilidad. Las personas que ingresaron sin inspección, o que caen dentro de ciertas prohibiciones, a menudo deben buscar en su lugar el procesamiento consular en el extranjero, que puede conllevar sus propios riesgos. Determinar cuál vía corresponde es la primera y más importante pregunta en cualquier caso.

Los familiares inmediatos de ciudadanos estadounidenses, es decir, los cónyuges, padres e hijos solteros menores de veintiún años, disfrutan de las reglas más flexibles y no están sujetos a los límites anuales de visas. Muchos de estos casos avanzan mediante peticiones basadas en el matrimonio o en la familia.

Una petición aprobada o concurrente y una fecha de prioridad vigente

El ajuste requiere una petición de base, como un Formulario I-130 para los casos familiares o un Formulario I-140 para los casos por empleo. En algunas situaciones, la petición y la I-485 pueden presentarse juntas, lo que se conoce como presentación concurrente, lo cual acelera considerablemente las cosas. Los familiares inmediatos y muchos solicitantes por empleo cuya categoría de visa está vigente pueden presentar de forma concurrente.

Para las categorías de preferencia que están sujetas a límites numéricos, debe haber realmente una visa disponible. Eso se rastrea a través de la fecha de prioridad, el lugar en la fila establecido cuando se presentó la petición, comparada con el Boletín de Visas mensual. Si su fecha de prioridad aún no está vigente, por lo general no puede presentar la I-485, sin importar lo sólida que sea la petición de base. Vigilar el Boletín de Visas y presentar en el momento correcto es parte de la estrategia en muchos casos.

INA 245(a), 245(i) y 245(k)

La ley que rige es la sección 245 de la Ley de Inmigración y Nacionalidad. La sección 245(a) establece la regla básica: un solicitante que fue admitido o recibió parole, que tiene una visa disponible y que es admisible puede ajustar su estatus. La sección 245(c) luego impide que ciertos solicitantes, incluyendo a muchos que trabajaron sin autorización o que perdieron su estatus, usen la 245(a), aunque a los familiares inmediatos se les perdonan algunos de estos problemas.

La sección 245(i) es una disposición de alivio limitada que permite que algunos solicitantes que de otro modo estarían impedidos, incluyendo a ciertas personas que ingresaron sin inspección, ajusten su estatus pagando una tarifa de penalización, siempre que se haya presentado en su nombre una petición que califique o una certificación laboral en o antes del 30 de abril de 2001. Debido a esa fecha límite ya lejana, la elegibilidad bajo la 245(i) suele depender de una presentación antigua, y vale la pena verificar si existe alguna en el historial de su familia.

La sección 245(k) ofrece un margen aparte para los solicitantes basados en el empleo. Perdona ciertas violaciones de estatus y períodos de trabajo no autorizado si en total no superan los 180 días desde la admisión legal más reciente del solicitante. Esta disposición rescata muchos casos basados en el empleo que de otro modo fracasarían bajo la 245(c).

La presencia ilegal y las prohibiciones

El tiempo pasado en los Estados Unidos sin autorización puede crear problemas graves. Acumular más de 180 días de presencia ilegal y luego salir del país puede activar una prohibición de tres o diez años para regresar. Esta es una de las razones por las que ajustar el estatus dentro del país, cuando es posible, a menudo es más seguro que salir para el procesamiento consular, porque el solicitante no activa la prohibición al salir. Cualquier persona con períodos de presencia ilegal debería revisar cuidadosamente su cronología antes de tomar cualquier decisión de viaje o de presentación.

Autorización de trabajo y de viaje mientras el caso está pendiente

Un solicitante de ajuste por lo general puede solicitar un Documento de Autorización de Empleo, o EAD, y un permiso adelantado de viaje (advance parole), que permite viajar al extranjero mientras la I-485 está pendiente. Estos suelen solicitarse junto con la I-485 y sin costo adicional. El EAD le permite al solicitante trabajar legalmente durante la espera, y el advance parole permite el reingreso después de un viaje.

Aquí la cautela es esencial. Viajar al extranjero mientras la I-485 está pendiente sin obtener primero el advance parole generalmente se considera un abandono de la solicitud, salvo para ciertas categorías de no inmigrante. Muchos casos que de otro modo eran sólidos se han perdido simplemente porque el solicitante salió del país en el momento equivocado.

La entrevista de ajuste

La mayoría de los solicitantes basados en la familia, y algunos otros, deben asistir a una entrevista en una oficina local del Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos. El oficial confirma la información de la solicitud, revisa los documentos originales y, en los casos de matrimonio, evalúa si la relación es genuina. Una buena preparación, las pruebas organizadas y respuestas honestas y coherentes marcan una verdadera diferencia. Un abogado puede asistir a la entrevista con usted y ayudarle a prepararse para las preguntas que probablemente surjan en su categoría.

Errores comunes que se deben evitar

  • Viajar sin advance parole y abandonar la solicitud.
  • Trabajar sin autorización antes del ajuste, lo cual puede impedir el ajuste a los familiares no inmediatos bajo la 245(c).
  • Presentar la solicitud antes de que la fecha de prioridad esté vigente.
  • Pasar por alto una posible base de protección bajo la 245(i) proveniente de una petición antigua.
  • No revelar arrestos, negaciones de visa previas o presentaciones migratorias anteriores.

Cada uno de estos errores es evitable con planificación. Revisar su historial completo antes de presentar cualquier cosa es la manera más segura de mantener un caso encaminado.

Hable con un abogado de ajuste de estatus en Nueva York

Ya sea que su caso se base en la familia, en el empleo o surja de otra categoría, el manejo cuidadoso de la I-485 protege la green card que usted busca. Las Law Offices of Albert Goodwin, PLLC, atienden a clientes en toda la ciudad de Nueva York, Long Island, Westchester y todo el país.

Llámenos al 212-233-1233 o envíe un correo a [email protected] para revisar su elegibilidad y planear su ajuste de estatus.

Abogado Albert Goodwin

Sobre el Autor

Albert Goodwin Esq. es un abogado licenciado en Nueva York que guía a los inmigrantes y a sus familias en peticiones familiares y de empleo, green cards, naturalización, asilo y defensa contra la deportación ante USCIS y las cortes de inmigración. Puede comunicarse con él al 212-233-1233 o a [email protected].

Albert Goodwin gave interviews to and appeared on the following media outlets:

ProPublica Forbes ABC CNBC CBS NBC News Discovery Wall Street Journal NPR

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